Artículo 775.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. De esta forma, el artículo 786.1 indica que, tras la citación personal, en el domicilio o a la persona designada, el juicio oral podrá celebrarse sin el acusado, pues su ausencia injustificada no es motivo de suspensión del mismo. En todo caso, la decisión ha de tomarla el juez o
Falsa negociación. El supuesto “acuerdo” entre las partes también puede ser estratégico: los abogados “crean” esa posibilidad de negociación para que la otra parte piense que existe posibilidad y acceda a la suspensión, aunque luego ni siquiera haya un verdadero intento de negociar, con lo que se alarga el procedimiento varios meses.
¡Festejen hasta perder el juicio! 'Mijo, usté que es abogado, quíteme esta pena que me embarga': Los mejores MEMES por el Día del Abogado En este Día del Abogado la celebración comenzó muy temprano en redes sociales y no podíamos quedarnos atrás, así que también nos unimos al festejo
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